Refregándo mis ojos
en búsqueda de aquello que quiero
con puños sin fuerza
rasgados y por demás tensos,
Quizás pueda caminar dentro de mí
y finalmente poder ver
Olvidar si respiro y aún más si pienso
y mis bostezos,
los tuyos, y tus besos
Pues no hay nadie
y no hay un cielo
y todo es púrpura
o todo es negro
O tal vez intente sujetarme al fin,
de las muecas de una esperanza más
cayendo inmóvil y cansino
Y que el último Sol me acompañe
soltándose de mi alma y todos mis dedos
Aunque en el patio trasero de mis ojos;
Allí donde queda el mal olor de la cruda realidad
Allí donde he arrojado todo aquello que miré sin ver
todo aquello que solté, antes que sujetar;
Allí quizás, mis ideas y mis sueños
sean las rosas mas rojas
y no las que sé, nunca nadie dejará
Y si en mi lecho
sueños no son quienes reposan
quizás viva en cada tormenta
y sea un rayo
O ría cuando matan, cuando odian
cuando abrazan sin memoria
Y sea graznidos
o caiga en lluvias
para molestar y que otro cumpla mis sueños
Al final sea polvo o sea un latido
nada tendrá el menor sentido
nada será más importante,
y si no soy, mas allá de quien sea
Nada nacerá en más letras
que en las que reza
en papel de carta un amante
martes, 25 de noviembre de 2008
viernes, 21 de noviembre de 2008
Entre la cerca y un sueño
Tratando de soplar frases sabias
de aquellas que en papel y viento flotan
Me quedé sin aire de palabras,
de aquellas narcóticas...
Es que siempre lejos sentí la grandeza
y que la riqueza del desencanto
fue en el rincon oscuro (y mientras tanto)
quien fecundó a este insistente idiota
Que ni se rinde por ser valiente;
solo hace lo que siente
pues es humano
y tiene miedo, y a veces llora
Las lágrimas que encendidas sin llama se sumergen
y que son tierra y semilla
y el germen de lo que algún día si se diga
pues en los llanos de un poema crecen, florecen, son vida
Es así que poemas tocan fondo y renacen
que al salir a superficie
canciones nacen
y son cantadas, y son amadas
Son las hijas tan buscadas
Quizás concebidas por el arte
en la egoista busqueda de hallarse
Quizás fue el deseo de ser más que un ser
aquél que me dejó ahogado
por cada desvelo en la laguna de los sueños no recordados,
Tirado, entre la cerca y un sueño,
Apolilladas mis pieles
abandonado soy por mi manada
de aquellas que en papel y viento flotan
Me quedé sin aire de palabras,
de aquellas narcóticas...
Es que siempre lejos sentí la grandeza
y que la riqueza del desencanto
fue en el rincon oscuro (y mientras tanto)
quien fecundó a este insistente idiota
Que ni se rinde por ser valiente;
solo hace lo que siente
pues es humano
y tiene miedo, y a veces llora
Las lágrimas que encendidas sin llama se sumergen
y que son tierra y semilla
y el germen de lo que algún día si se diga
pues en los llanos de un poema crecen, florecen, son vida
Es así que poemas tocan fondo y renacen
que al salir a superficie
canciones nacen
y son cantadas, y son amadas
Son las hijas tan buscadas
Quizás concebidas por el arte
en la egoista busqueda de hallarse
Quizás fue el deseo de ser más que un ser
aquél que me dejó ahogado
por cada desvelo en la laguna de los sueños no recordados,
Tirado, entre la cerca y un sueño,
Apolilladas mis pieles
abandonado soy por mi manada
martes, 18 de noviembre de 2008
Violeta

Gracias a la vida que me ha dado tanto.
Me dio dos luceros que, cuando los abro,
perfecto distingo lo negro del blanco,
y en el alto cielo su fondo estrellado
y en las multitudes el hombre que yo amo.
Gracias a la vida que me ha dado tanto.
Me ha dado el oído que, en todo su ancho,
graba noche y día grillos y canarios;
martillos, turbinas, ladridos, chubascos,
y la voz tan tierna de mi bien amado.
Gracias a la vida que me ha dado tanto.
Me ha dado el sonido y el abecedario,
con él las palabras que pienso y declaro:
madre, amigo, hermano, y luz alumbrando
la ruta del alma del que estoy amando.
Gracias a la vida que me ha dado tanto.
Me ha dado la marcha de mis pies cansados;
con ellos anduve ciudades y charcos,
playas y desiertos, montañas y llanos,
y la casa tuya, tu calle y tu patio.
Gracias a la vida que me ha dado tanto.
Me dio el corazón que agita su marco
cuando miro el fruto del cerebro humano;
cuando miro el bueno tan lejos del malo,
cuando miro el fondo de tus ojos claros.
Gracias a la vida que me ha dado tanto.
Me ha dado la risa y me ha dado el llanto.
Así yo distingo dicha de quebranto,
los dos materiales que forman mi canto,
y el canto de ustedes que es el mismo canto
y el canto de todos, que es mi propio canto.
Gracias a la vida que me ha dado tanto.
martes, 4 de noviembre de 2008
Hay a mi alrededor mas de lo que puedo mirar? - A-vox
Parece ser cierto,
que al soñar no se pierde nada
dejando reposar los ojos en párpados aterciopelados
Cerrándolos, librándolos,
de aquello espeso de la superficie
Así volar sin mirar
espiando detrás de las puertas de nuestro propio cielo
Para algún día como los ríos al mar
poder volver a aquél lugar del cual hemos salido
Sin hipnotizar nuestra voluntad
regalándole pèndulos esperanzados,
Sin esperar más que lo imposible
concretando al menos lo inalcanzable
Creyendo en las esperanzas
pero aún màs en las metas
Impregnándome de soles y lunas,
podando palabras nunca dichas
y gritando verdes arboles
Tapizando las paredes de esos vetustos sueños
con los recibos de aquello que el devenir me ha cobrado
aquello que soñe irrealizable
todo lo inconmensurable
que hoy en una esfera de cristal cabe
martes, 9 de septiembre de 2008
El beso de ayer que hoy calla las palabras
Tus manos,
y agregando besos también
Por la espalda
mi alma acariciaste
Me dejaste verte...
Llegué a leer tus latidos
y allí supe al amor como eslabón
pero también supe,
que hoy necesitaba más,
Más que ese sentir
que aquello que podría decir,
y mucho más de lo que querrías escuchar de mi o de tí
Era ese el momento
y no otro
Así como la manzana más roja
solo es una
Tan solo deseaba algo más que ese beso,
ese beso que ayer fue el mejor
y que hoy no deja caer mis palabras,
ahogando mi esfuerzo en saliva,
ni te inclina para que oigas mas que mi corazón
Quizás ayer te pedí pasión
Hoy tan solo quiero,
realmente es mi deseo
que mis labios, los que supieron besarte
puedan abrazar palabras
Y que sin morder mi lengua
la pasión de lo que diga
tenga el color de mi sangre
y la sinceridad tan real como un mentira,
del amor que siempre es vida
Que sin él también moriría
Esa necesidad era clara pero sin letras
Podría ser tan solo un sueño
o simplemente una migraña
Tal vez el miedo a decir
"te amo" o "nunca te quise"
Esa misma incertidumbre
que agónicamente, quizás ignoro
y que en la noche me ataca
luego de esperar como una araña
a la que mi mente es su presa
Sangre de mis oscuros pensamientos
martes, 26 de agosto de 2008
Tu seco corazón
En el ultimo rincón de ese domingo,
Cuando las horas dormirían
cansandas ya de minutos
Tendrías que haber aparecido
Pero mi esperanza quiere sentarse,
es que en vano te esperé otra vez...
Y la melancolía aburrida de mis llantos
revivió la historia de tu seco corazón
Hoy me hacés ver guadañas en tus manos
pero quizás algún día desangre al fin mi suerte
que es mala y es mía
Que es fria,
Que lenta hace a la muerte
Pero no descanza más que aquellas aves sonámbulas
Ni mis pensamientos levantan vuelo más allá de esta pena
la de hoy que es domingo
y que siempre será
Como fuí yo por ti , inconsiente
Quizás la vea lejos juntando hojas
si es que el árbol las llora
Aquél que escuchó mis pesares...,
Y allí jugaré mi venganza
Pues querré no quererla
querré besar otro cuello
Aún así la vida y la muerte
siempre de la suerte dependen
de la mía, de la mala
Algo aun me queda,
solo deseo que sea para siempre
lunes, 25 de agosto de 2008
La mentira muere
Saciar el hambre!
del gigante que aguarda,
que en mi mirada relaja su dolor,
que sus fibrosas manos, se acalambran
Aquél ya no demora
pues es paciente aunque si ataca
es la voracidad del ser humano
la conciencia, la palabra
la verdad que busca refugio
y que no quiere ser contada
Así los labios se chocan,
Se muerden
delatan sudor y rabia
de aquello que dentro de uno
nadando en farsas, gritaba
A viva voz de cansancio
que la muerte al falaz acechaba
del gigante que aguarda,
que en mi mirada relaja su dolor,
que sus fibrosas manos, se acalambran
Aquél ya no demora
pues es paciente aunque si ataca
es la voracidad del ser humano
la conciencia, la palabra
la verdad que busca refugio
y que no quiere ser contada
Así los labios se chocan,
Se muerden
delatan sudor y rabia
de aquello que dentro de uno
nadando en farsas, gritaba
A viva voz de cansancio
que la muerte al falaz acechaba
lunes, 21 de julio de 2008
Abandono del cielo
Antes de aquél día
los aires nunca habían sido violetas;
La armonía alimentaba cada desgracia que el cielo,
llorar, evitaba...
Pues a pesar de la ceguera de los lacayos servidores
la paz del ser era cada amanecer posible
En lo alto lo recorrían aires de superioridad
pero aquél humo tenía aroma a sándalo
de la dulzura de una bella mujer que irritó su mirada
Púrpura se puso el cielo al pestanear
sus nubes, y llorar sus rayos
Al sentir verguenza
Al mostrarse soberbio frente a sus bajitos e ingenuos adoradores
Es que solo nos quedaba mirar hacia arriba
y aquél congeló todos los ojos
Mas las montañas donde 'hacen pie' los dioses,
por el calor de la mundana inocencia,
se vieron abrazadas por las miradas que el cielo dejó caer
Aquél que posee la sabiduría de la naturaleza,
yerra si materializa el ego
Y el cielo que me abrazó y hoy me suelta
mañana reposará en nubes de tormenta
sábado, 19 de julio de 2008
No era mentir
Cuando triste fue su mirada
las mentiras fueron mi voz
Es que nadie la amaba mas que yo...,
y mentir era un gusto que antes no me sabia dar
No era mentir sin razon,
pues mi corazon me justificaba al verla morir todos los dias un poco
pues nada malo habia en ella, mas que abandonar a este triste enamorado,
y aquello que no era verdad aunque era amor
fue mi razon de vivir
Fue darle suspiros de vida sin sentido
solo por un beso más,
solo por ese abrazo erotizante
las mentiras fueron mi voz
Es que nadie la amaba mas que yo...,
y mentir era un gusto que antes no me sabia dar
No era mentir sin razon,
pues mi corazon me justificaba al verla morir todos los dias un poco
pues nada malo habia en ella, mas que abandonar a este triste enamorado,
y aquello que no era verdad aunque era amor
fue mi razon de vivir
Fue darle suspiros de vida sin sentido
solo por un beso más,
solo por ese abrazo erotizante
jueves, 10 de julio de 2008
LES, Ley de Educación Superior
Como muchos otros, habrás escuchado mensionar o hablar de la “LES”(ley de educación superior); Pero más allá de cualquier generalización o idea laxa, todos debemos plantearnos ciertas preguntas que hablan de la coyuntura en que nos encontramos y del desconocimiento propio de la situación.
· Qué es la LES?
· Qué dice?
· Qué es la “CONEAU”?
· Qué se puede hacer?
Es claro, que la ley no es un tema muy popular, ya sea por el propio “desinterés” de aquellos que la deberíamos conocer profundamente (alumnos, docentes, etc.), como también por la voluntad y conveniencia de aquellos que protegen ciertos aspectos y metodologías históricamente criticados/as de la estructura educativa universitaria, y que están en mayor o menor medida bajo discusión permanente.
Por esto, y por entender la importancia, tanto de la universidad en la sociedad, como la consiguiente y necesaria “participación” (por parte de todos) y debate acerca del funcionamiento de la misma; si queremos una universidad... funcional junto a toda la sociedad , realmente progresiva, participativa y participable, democrática, e inmune a las vicisitudes o problemas políticos y gubernamentales pero no al diálogo, entonces debemos:
ü Informarnos
ü Hallar a quienes quieran también hacer algo, y plantear un debate constructivo
ü Establecer propuestas comunes y métodos para darlas a conocer
ü Buscar la puesta en marcha de aquellas medidas “necesarias” para lograr aquello que se busca en la educación universitaria, ya sea respecto a su entidad, funciones y estructura, e infraestructura.
LA “LES” – Un poquito de historia e info
La ley actual fue aprobada por decreto en el año 95, por Carlos MENEM como parte del marco del sistema neoliberal e impuesta en gran medida por el Banco Mundial (como una más de esas recomendaciones a cambio de otorgar préstamos), con mucha resistencia de la comunidad universitaria, la cual ‘como era de esperarse’ no tuvo lugar de participación.
Haciendo un análisis bastante general y crítico, es bastante clara la línea que sigue la ley sin tener en cuenta aún de donde salió y otros factores determinantes. Por un lado podemos hablar de la “ambigüedad absoluta” en diversos párrafos, que a fin de cuentas (en la práctica) permite que, ya sea mediante la libre interpretación o por la “ausencia de especificaciones” , haya lugar a procesos o decisiones por fuera de aquellas normas intrínsecas quizás a un sistema educativo digno, popular, democrático, eficiente, etc.
Por otro lado, es un punto muy importante y claramente materia de discusión, el de los “posgrados”. Haciendo un paneo general de los párrafos de la ley, se ausentan mayores apreciaciones o descripciones acerca de las condiciones y características de los posgrados, lo cual permite por defecto que los mismos (posgrados) sean sujetos a cualquier consideración planteada, por ejemplo su calidad de pagos . Pensemos lo siguiente...Si el día de mañana pasa lo que muchos creen que puede pasar, y se reducen las cantidades de materias del ciclo de grado para pasarlas a posgrado, se empezaría a “privatizar” indirectamente la educación superior; Se reducirían las cantidades de estudiantes y esto iría en detrimento de aquella educación libre y gratuita que tanto pregonamos y pretendemos “casi” todos.
Según ley actual:
Artículo 13.
Los estudiantes de las instituciones estatales de educación superior tienen derecho:
c) A obtener becas, créditos y otras formas de apoyo económico y social que garanticen la igualdad de oportunidades y posibilidades, particularmente para el acceso y permanencia en los estudios de grado, conforme a las normas que reglamenten la materia.
...Pero si se pueden modificar los ciclos de grado pasando materias de grado a posgrado; Entonces, ¿no me están reduciendo las posibilidades de terminar una carrera (aún más)?.
a) Al acceso al sistema sin discriminaciones de ninguna naturaleza.
Ahh, te aseguran el “acceso” al sistema; Pero como se ve puede que nadie te asegure la permanencia fuera del esfuerzo que puedas hacer.
Estos fueron quizás de los aspectos más significativos y singulares para analizar, pero hay muchos otros puntos de debate e, inflexión entre una legislación positiva, progresista (en el mejor de los sentidos), y necesaria para la educación superior.
Podríamos quizás también, hablar de todas aquellas regulaciones y especificaciones en cuanto a la participación de los distintos actores en cuestión (alumnos, docentes , CONEAU, etc), claramente discutibles, por ejemplo, por la “escasa” (a mi criterio) intervención o participación del alumnado en el funcionamiento o toma de ciertas decisiones, teniendo en cuenta el lugar que se supone para el alumno dentro de la enseñanza (ver Art. 53).
Conozcamos algunos artículos:
Artículo 14.
Son obligaciones de los estudiantes de las instituciones estatales de educación superior:
c) Respetar el disenso, las diferencias individuales, la creatividad personal y colectiva y el trabajo en equipo.
Che, está bueno este punto, pero estaría mejor si se aplicará sobre todo aquél que recaen los artículos de la LES; Me parece que no es un punto solo aplicable a los alumnos.
Artículo 28
Son funciones básicas de las instituciones universitarias:
a) Formar y capacitar científicos, profesionales, docentes y técnicos, capaces de actuar con solidez profesional, responsabilidad, espíritu crítico y reflexivo, mentalidad creadora, sentido ético y sensibilidad social, atendiendo a las demandas inclividuales y a los requerimientos nacionales y regionales;
b) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, los estudios humanísticos y las
creaciones artísticas;
c) Crear y difundir el conocimiento y la cultura en todas sus formas;
d) Preservar la cultura nacional;
e) Extender su acción y sus servicios a la comunidad, con el fin de contribuir a su desarrollo y transformación, estudiando en particular los problemas nacionales y regionales y prestando asistencia científica y técnica al Estado y a la comunidad.
Artículo 31
La fuerza pública no puede ingresar en las instituciones universitarias nacionales si no media orden escrita previa y fundada de juez competente o solicitud expresa de la autoridad universitaria legítimamente constituida.
Artículo 33
Las instituciones universitarias deben promover la excelencia y asegurar la libertad académica, la igualdad de oportunidades y posibilidades, la jerarquización docente, la corresponsabilidad de todos los miembros de la comunidad universitaria, así como la convivencia pluralista de corrientes, teorías y líneas de investigación. Cuando se trate de instituciones universitarias privadas, dicho pluralismo se entenderá en un contexto de respeto a las cosmovisiones y valores expresamente declarados en sus estatutos.
LA “CONEAU”
Artículo 46
La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria es un organismo descentralizado, que funciona en jurisdicción del Ministerio de Cultura y Educación, y que tiene por funciones:
a) Coordinar y llevar adelante la evaluación externa prevista en el artículo 44;
”Las evaluaciones externas estarán a cargo de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o de entidades privadas constituidas con ese fin” (Art. 44)
b) Acreditar las carreras de grado a que se refiere el artículo 43, así como las carreras de posgrado, cualquiera sea el ámbito en que se desarrollen, conforme a los estándares que establezca el Ministerio de Cultura y Educación en consulta con el Consejo de Universidades;
c) Pronunciarse sobre la consistencia y viabilidad del proyecto institucional que se requiere para que el Ministerio de Cultura y Educación autorice la puesta en marcha de una nueva institución universitaria nacional con posterioridad a su creación o el reconocimiento de una institución universitaria provincial;
“b) Las carreras respectivas deberán ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o por entidades privadas constituidas con ese fin debidamente reconocidas” (Art. 43)
d) Preparar los informes requeridos para otorgar la autorización provisoria y el reconocimiento definitivo de las instituciones universitarias privadas, así como los informes en base a los cuales se evaluará el período de funcionamiento provisorio de dichas instituciones.
Artículo 47
La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria estará integrada por doce (12) miembros, designados por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta de los siguientes organismos: tres (3) por el Consejo Interuniversitario Nacional, uno (1) por el Consejo de Rectores de Universidades Privadas, uno (1) por la Academia Nacional de Educación, tres (3) por cada una de las Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, y uno (1) por el Ministerio de Cultura y Educación. Durarán en sus funciones cuatro años, con sistema de renovación parcial. En todos los casos deberá tratarse de personalidades de reconocida jerarquía académica y científica. La Comisión contará con presupuesto propio.
ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 52
Los estatutos de las instituciones universitarias nacionales deben prever sus órganos de gobierno, tanto colegiados como unipersonales, así como su composición y atribuciones.
Los órganos colegiados tendrán básicamente funciones normativas generales, de definición de políticas y de control en sus respectivos ámbitos, en tanto los unipersonales tendrán funciones ejecutivas.
Artículo 53
Los órganos colegiados de gobierno estarán integrados de acuerdo a lo que determinen los estatutos de cada universidad, los que deberán asegurar:
a) Que el claustro docente tenga la mayor representación relativa, que no podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%) de la totalidad de sus miembros;
b) Que los representantes de los estudiantes sean alumnos regulares y tengan aprobado por lo menos el treinta por ciento (30%) del total de asignaturas de la carrera que cursan;
c) Que el personal no docente tenga representación en dichos cuerpos con el alcance que determine cada institución;
d) Que los graduados, en caso de ser incorporados a los cuerpos colegiados, puedan elegir y ser elegidos si no tienen relación de dependencia con la institución universitaria.
Los decanos o autoridades docentes equivalentes serán miembros natos del Consejo Superior u órgano que cumpla similares funciones. Podrá extenderse la misma consideración a los directores de carrera de carácter electivo que integren los cuerpos académicos, en las instituciones que por su estructura organizativa prevean dichos cargos.
Artículo 54
El rector o presidente, el vicerrector o vicepresidente y los titulares de los demás órganos unipersonales de gobierno, durarán en sus funciones tres (3) años como mínimo. El cargo de rector o presidente será de dedicación exclusiva y para acceder a él se requerirá ser o haber sido profesor por concurso de una universidad nacional.
Artículo 55
Los representantes de los docentes, que deberán haber accedido a sus cargos por concurso, serán elegidos por docentes que reúnan igual calidad¿?. Los representantes estudiantiles serán elegidos por sus pares, siempre que éstos tengan el rendimiento académico mínimo que establece el artículo 50.
“Cada institución dictará normas sobre regularidad en los estudios, que establezcan el rendimiento académico mínimo exigible, debiendo preverse que los alumnos aprueben por lo menos dos (2) materias por año, salvo cuando el plan de estudios prevea menos de cuatro (4) asignaturas anuales, en cuyo caso deben aprobar una (1) como mínimo” (Art. 50)
SOSTENIMIENTO Y RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO
Artículo 58
Corresponde al Estado nacional asegurar el aporte financiero para el sostenimiento de las instituciones universitarias nacionales, que garantice su normal funcionamiento, desarrollo y cumplimiento de sus fines.
Para la distribución de ese aporte entre las mismas se tendrán especialmente en cuenta indicadores de eficiencia y equidad. En ningún caso podrá disminuirse el aporte del Tesoro nacional como contrapartida de la generación de recursos complementarios por parte de las instituciones universitarias nacionales.
Artículo 59
Las instituciones universitarias nacionales tienen autarquía económico-financiera, la que ejercerán dentro del régimen de la ley 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público
Nacional. En ese marco corresponde a dichas instituciones:
a) Administrar su patrimonio y aprobar su presupuesto. Los recursos no utilizados al cierre de cada ejercicio, se transferirán automáticamente al siguiente;
b) Fijar su régimen salarial y de administración de personal;
c) Podrán dictar normas relativas a la generación de recursos adicionales a los aportes del Tesoro nacional, mediante la venta de bienes, productos, derechos o servicios, subsidios, contribuciones, herencias, derechos o tasas por los servicios que presten, así como todo otro recurso que pudiera corresponderles por cualquier título o actividad. 'Los recursos adicionales que provinieren de contribuciones o tasas por los estudios de grado, deberán destinarse prioritariamente a becas, préstamos, subsidios o créditos u otro tipo de ayuda estudiantil y apoyo didáctico; estos recursos adicionales no podrán utilizarse para financiar gastos corrientes. Los sistemas de becas, préstamos u otro tipo de ayuda estarán fundamentalmente destinados a aquellos estudiantes que demuestren aptitud suficiente y respondan adecuadamente a las exigencias académicas de la institución y que por razones económicas no pudieran acceder o continuar los estudios universitarios, de forma tal que nadie se vea imposibilitado por ese motivo de cursar tales estudios;
d) Garantizar el normal desenvolvimiento de sus unidades asistenciales, asegurándoles el manejo descentralizado de los fondos que ellas generen, con acuerdo a las normas que dicten sus Consejos Superiores y a la legislación vigente;
e) Constituir personas jurídicas de derecho público o privado, o participar en ellas, no requiriéndose adoptar una forma jurídica diferente para acceder a los beneficios de la ley 23.877;
f) Aplicar el régimen general de contrataciones, de responsabilidad patrimonial y de gestión de bienes reales, con las excepciones que establezca la reglamentación.
El rector y los miembros del Consejo Superior de las instituciones universitarias nacionales serán responsables de su administración según su participación, debiendo responder en los términos y con los alcances previstos en los artículos 130 y 131 de la ley 24.156. En ningún caso el Estado nacional responderá por las obligaciones asumidas por las instituciones universitarias que importen un perjuicio para el Tesoro nacional.
QUE SE PUEDE HACER?
Antes que nada hay que decir que es una pregunta complicada y muy abarcativa, por lo que no habrá una respuesta única o completa. Las posibilidades van desde lo mas básico y conceptual hasta lo mas complejo, práctico, y de hechos visibles.
Quizás podríamos empezar por una etapa de conocimiento y de acceso a la información necesaria para saber de que estamos hablando (básicamente conocimiento sobre la ley en cuestión), pasando también por debates y reuniones constructivas en búsqueda de una mayor inmersión en el tema con el fin de ser competentes en esta búsqueda (hallar una ley que legisle de la mejor manera para conseguir la mejor educación superior). En el plano de estos debates o reuniones, se podrían llegar a dar las circunstancias necesarias o adecuadas quizás, para conformar o plantear la creación de algún tipo de agrupación -quizás una buena posibilidad sería un colectivo cultural o alguna agrupación independiente -, sin dejar de lado que en algún momento se pueda confluir o llegar a una puesta en común de pautas y objetivos con alguna organización de práctica político-partidaria. Cabe aclarar que no se deben confundir nunca los “objetivos” o “metas”, ni tampoco se debe caer en aquella parte de la política que nos hace ver tantas veces con mala cara, la participación política desde un partido.
En definitiva cualquier tipo de planteo o análisis sobre la ley y las problemáticas universitarias ya supone intrínsecamente una posibilidad, y una mejor coyuntura para comenzar a participar y formar parte de el mejor sistema educativo universitario posible. De la misma manera y siendo algo insistente, pueden surgir miles de maneras de hacer las cosas, pero lo más importante es saber que se pretende y analizar la mejor manera posible quizás dentro de un marco asambleísta, o lo más democráticamente posible. En fin, hay que hacer algo.
EL PROYECTO DEL “FPV” (Ver: Colectivo “Desde el Pie”)
“Algunos” aspectos de la actual Ley se cambian en el nuevo proyecto: los que requería el cambio para adecuarse a las nuevas políticas económicas, y los que fueron fruto de la lucha dada por estudiantes y trabajadores en todo el país.
Entre aquellos tópicos siempre peleados podemos hablar de:
Garantía en la gratuidad de la educación (de grado, ojo!). Acá siempre volvemos a la misma cuestión respecto a los posgrados (ambigüedades que dan por entendida la calidad de pagos, como generalmente podemos observar) y conjuntamente de las posibles reducciones de materias en el ciclo de grado.
Reivindicaciones de sectores docentes: El 85% móvil, y la estabilidad laboral básicamente.
Autonomía: Podemos hablar de las mismas estructuras que van en contra de la Autonomía; y para esto se debe discutir en gran medida, por ejemplo, acerca de la intervención de la CONEAU en el sistema educativo universitario, la cual notoriamente más allá de modificaciones mas bien semánticas (en el nuevo proyecto de LES) sigue teniendo un rol claramente limitante y contrario a la estirpe autonómica que se busca.
Financiamiento: Se mantiene el mismo ahogo presupuestario que plantea la vieja (actual) LES (atando el presupuesto al PBI) y deja la puerta abierta a los recursos propios. Es decir, los recursos que provienen de la producción científico-tecnológica de la Universidad, que todos pagamos con nuestros impuestos, son vendidos como mercancía para generar "recursos propios" de las Universidades. Es interesante pensar en los efectos devastadores de tal política aún cuando se asegurase un financiamiento público básico desde el Estado. Las Universidades ubicadas en regiones de mayor desarrollo económico lograrán vender mejor sus servicios y en cada Universidad sólo algunas Facultades (las que mejor se adecuen al modelo productivo) serán las que verán crecer sus recursos. En consiguiente, cumplirán con más facilidad el objetivo de que todas las Facultades y Universidades pacten con la CONEAU frente al ahogo presupuestario, y diferenciándose entre Universidades pobres y ricas. Los mecanismos usuales de competencia determinarían qué sectores de la población accederán a unas y otras. Así, la equidad de la que nos hablan, como igualdad teórica pero no práctica de oportunidades, queda sellada a fuego.
· Qué es la LES?
· Qué dice?
· Qué es la “CONEAU”?
· Qué se puede hacer?
Es claro, que la ley no es un tema muy popular, ya sea por el propio “desinterés” de aquellos que la deberíamos conocer profundamente (alumnos, docentes, etc.), como también por la voluntad y conveniencia de aquellos que protegen ciertos aspectos y metodologías históricamente criticados/as de la estructura educativa universitaria, y que están en mayor o menor medida bajo discusión permanente.
Por esto, y por entender la importancia, tanto de la universidad en la sociedad, como la consiguiente y necesaria “participación” (por parte de todos) y debate acerca del funcionamiento de la misma; si queremos una universidad... funcional junto a toda la sociedad , realmente progresiva, participativa y participable, democrática, e inmune a las vicisitudes o problemas políticos y gubernamentales pero no al diálogo, entonces debemos:
ü Informarnos
ü Hallar a quienes quieran también hacer algo, y plantear un debate constructivo
ü Establecer propuestas comunes y métodos para darlas a conocer
ü Buscar la puesta en marcha de aquellas medidas “necesarias” para lograr aquello que se busca en la educación universitaria, ya sea respecto a su entidad, funciones y estructura, e infraestructura.
LA “LES” – Un poquito de historia e info
La ley actual fue aprobada por decreto en el año 95, por Carlos MENEM como parte del marco del sistema neoliberal e impuesta en gran medida por el Banco Mundial (como una más de esas recomendaciones a cambio de otorgar préstamos), con mucha resistencia de la comunidad universitaria, la cual ‘como era de esperarse’ no tuvo lugar de participación.
Haciendo un análisis bastante general y crítico, es bastante clara la línea que sigue la ley sin tener en cuenta aún de donde salió y otros factores determinantes. Por un lado podemos hablar de la “ambigüedad absoluta” en diversos párrafos, que a fin de cuentas (en la práctica) permite que, ya sea mediante la libre interpretación o por la “ausencia de especificaciones” , haya lugar a procesos o decisiones por fuera de aquellas normas intrínsecas quizás a un sistema educativo digno, popular, democrático, eficiente, etc.
Por otro lado, es un punto muy importante y claramente materia de discusión, el de los “posgrados”. Haciendo un paneo general de los párrafos de la ley, se ausentan mayores apreciaciones o descripciones acerca de las condiciones y características de los posgrados, lo cual permite por defecto que los mismos (posgrados) sean sujetos a cualquier consideración planteada, por ejemplo su calidad de pagos . Pensemos lo siguiente...Si el día de mañana pasa lo que muchos creen que puede pasar, y se reducen las cantidades de materias del ciclo de grado para pasarlas a posgrado, se empezaría a “privatizar” indirectamente la educación superior; Se reducirían las cantidades de estudiantes y esto iría en detrimento de aquella educación libre y gratuita que tanto pregonamos y pretendemos “casi” todos.
Según ley actual:
Artículo 13.
Los estudiantes de las instituciones estatales de educación superior tienen derecho:
c) A obtener becas, créditos y otras formas de apoyo económico y social que garanticen la igualdad de oportunidades y posibilidades, particularmente para el acceso y permanencia en los estudios de grado, conforme a las normas que reglamenten la materia.
...Pero si se pueden modificar los ciclos de grado pasando materias de grado a posgrado; Entonces, ¿no me están reduciendo las posibilidades de terminar una carrera (aún más)?.
a) Al acceso al sistema sin discriminaciones de ninguna naturaleza.
Ahh, te aseguran el “acceso” al sistema; Pero como se ve puede que nadie te asegure la permanencia fuera del esfuerzo que puedas hacer.
Estos fueron quizás de los aspectos más significativos y singulares para analizar, pero hay muchos otros puntos de debate e, inflexión entre una legislación positiva, progresista (en el mejor de los sentidos), y necesaria para la educación superior.
Podríamos quizás también, hablar de todas aquellas regulaciones y especificaciones en cuanto a la participación de los distintos actores en cuestión (alumnos, docentes , CONEAU, etc), claramente discutibles, por ejemplo, por la “escasa” (a mi criterio) intervención o participación del alumnado en el funcionamiento o toma de ciertas decisiones, teniendo en cuenta el lugar que se supone para el alumno dentro de la enseñanza (ver Art. 53).
Conozcamos algunos artículos:
Artículo 14.
Son obligaciones de los estudiantes de las instituciones estatales de educación superior:
c) Respetar el disenso, las diferencias individuales, la creatividad personal y colectiva y el trabajo en equipo.
Che, está bueno este punto, pero estaría mejor si se aplicará sobre todo aquél que recaen los artículos de la LES; Me parece que no es un punto solo aplicable a los alumnos.
Artículo 28
Son funciones básicas de las instituciones universitarias:
a) Formar y capacitar científicos, profesionales, docentes y técnicos, capaces de actuar con solidez profesional, responsabilidad, espíritu crítico y reflexivo, mentalidad creadora, sentido ético y sensibilidad social, atendiendo a las demandas inclividuales y a los requerimientos nacionales y regionales;
b) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, los estudios humanísticos y las
creaciones artísticas;
c) Crear y difundir el conocimiento y la cultura en todas sus formas;
d) Preservar la cultura nacional;
e) Extender su acción y sus servicios a la comunidad, con el fin de contribuir a su desarrollo y transformación, estudiando en particular los problemas nacionales y regionales y prestando asistencia científica y técnica al Estado y a la comunidad.
Artículo 31
La fuerza pública no puede ingresar en las instituciones universitarias nacionales si no media orden escrita previa y fundada de juez competente o solicitud expresa de la autoridad universitaria legítimamente constituida.
Artículo 33
Las instituciones universitarias deben promover la excelencia y asegurar la libertad académica, la igualdad de oportunidades y posibilidades, la jerarquización docente, la corresponsabilidad de todos los miembros de la comunidad universitaria, así como la convivencia pluralista de corrientes, teorías y líneas de investigación. Cuando se trate de instituciones universitarias privadas, dicho pluralismo se entenderá en un contexto de respeto a las cosmovisiones y valores expresamente declarados en sus estatutos.
LA “CONEAU”
Artículo 46
La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria es un organismo descentralizado, que funciona en jurisdicción del Ministerio de Cultura y Educación, y que tiene por funciones:
a) Coordinar y llevar adelante la evaluación externa prevista en el artículo 44;
”Las evaluaciones externas estarán a cargo de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o de entidades privadas constituidas con ese fin” (Art. 44)
b) Acreditar las carreras de grado a que se refiere el artículo 43, así como las carreras de posgrado, cualquiera sea el ámbito en que se desarrollen, conforme a los estándares que establezca el Ministerio de Cultura y Educación en consulta con el Consejo de Universidades;
c) Pronunciarse sobre la consistencia y viabilidad del proyecto institucional que se requiere para que el Ministerio de Cultura y Educación autorice la puesta en marcha de una nueva institución universitaria nacional con posterioridad a su creación o el reconocimiento de una institución universitaria provincial;
“b) Las carreras respectivas deberán ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o por entidades privadas constituidas con ese fin debidamente reconocidas” (Art. 43)
d) Preparar los informes requeridos para otorgar la autorización provisoria y el reconocimiento definitivo de las instituciones universitarias privadas, así como los informes en base a los cuales se evaluará el período de funcionamiento provisorio de dichas instituciones.
Artículo 47
La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria estará integrada por doce (12) miembros, designados por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta de los siguientes organismos: tres (3) por el Consejo Interuniversitario Nacional, uno (1) por el Consejo de Rectores de Universidades Privadas, uno (1) por la Academia Nacional de Educación, tres (3) por cada una de las Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, y uno (1) por el Ministerio de Cultura y Educación. Durarán en sus funciones cuatro años, con sistema de renovación parcial. En todos los casos deberá tratarse de personalidades de reconocida jerarquía académica y científica. La Comisión contará con presupuesto propio.
ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 52
Los estatutos de las instituciones universitarias nacionales deben prever sus órganos de gobierno, tanto colegiados como unipersonales, así como su composición y atribuciones.
Los órganos colegiados tendrán básicamente funciones normativas generales, de definición de políticas y de control en sus respectivos ámbitos, en tanto los unipersonales tendrán funciones ejecutivas.
Artículo 53
Los órganos colegiados de gobierno estarán integrados de acuerdo a lo que determinen los estatutos de cada universidad, los que deberán asegurar:
a) Que el claustro docente tenga la mayor representación relativa, que no podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%) de la totalidad de sus miembros;
b) Que los representantes de los estudiantes sean alumnos regulares y tengan aprobado por lo menos el treinta por ciento (30%) del total de asignaturas de la carrera que cursan;
c) Que el personal no docente tenga representación en dichos cuerpos con el alcance que determine cada institución;
d) Que los graduados, en caso de ser incorporados a los cuerpos colegiados, puedan elegir y ser elegidos si no tienen relación de dependencia con la institución universitaria.
Los decanos o autoridades docentes equivalentes serán miembros natos del Consejo Superior u órgano que cumpla similares funciones. Podrá extenderse la misma consideración a los directores de carrera de carácter electivo que integren los cuerpos académicos, en las instituciones que por su estructura organizativa prevean dichos cargos.
Artículo 54
El rector o presidente, el vicerrector o vicepresidente y los titulares de los demás órganos unipersonales de gobierno, durarán en sus funciones tres (3) años como mínimo. El cargo de rector o presidente será de dedicación exclusiva y para acceder a él se requerirá ser o haber sido profesor por concurso de una universidad nacional.
Artículo 55
Los representantes de los docentes, que deberán haber accedido a sus cargos por concurso, serán elegidos por docentes que reúnan igual calidad¿?. Los representantes estudiantiles serán elegidos por sus pares, siempre que éstos tengan el rendimiento académico mínimo que establece el artículo 50.
“Cada institución dictará normas sobre regularidad en los estudios, que establezcan el rendimiento académico mínimo exigible, debiendo preverse que los alumnos aprueben por lo menos dos (2) materias por año, salvo cuando el plan de estudios prevea menos de cuatro (4) asignaturas anuales, en cuyo caso deben aprobar una (1) como mínimo” (Art. 50)
SOSTENIMIENTO Y RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO
Artículo 58
Corresponde al Estado nacional asegurar el aporte financiero para el sostenimiento de las instituciones universitarias nacionales, que garantice su normal funcionamiento, desarrollo y cumplimiento de sus fines.
Para la distribución de ese aporte entre las mismas se tendrán especialmente en cuenta indicadores de eficiencia y equidad. En ningún caso podrá disminuirse el aporte del Tesoro nacional como contrapartida de la generación de recursos complementarios por parte de las instituciones universitarias nacionales.
Artículo 59
Las instituciones universitarias nacionales tienen autarquía económico-financiera, la que ejercerán dentro del régimen de la ley 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público
Nacional. En ese marco corresponde a dichas instituciones:
a) Administrar su patrimonio y aprobar su presupuesto. Los recursos no utilizados al cierre de cada ejercicio, se transferirán automáticamente al siguiente;
b) Fijar su régimen salarial y de administración de personal;
c) Podrán dictar normas relativas a la generación de recursos adicionales a los aportes del Tesoro nacional, mediante la venta de bienes, productos, derechos o servicios, subsidios, contribuciones, herencias, derechos o tasas por los servicios que presten, así como todo otro recurso que pudiera corresponderles por cualquier título o actividad. 'Los recursos adicionales que provinieren de contribuciones o tasas por los estudios de grado, deberán destinarse prioritariamente a becas, préstamos, subsidios o créditos u otro tipo de ayuda estudiantil y apoyo didáctico; estos recursos adicionales no podrán utilizarse para financiar gastos corrientes. Los sistemas de becas, préstamos u otro tipo de ayuda estarán fundamentalmente destinados a aquellos estudiantes que demuestren aptitud suficiente y respondan adecuadamente a las exigencias académicas de la institución y que por razones económicas no pudieran acceder o continuar los estudios universitarios, de forma tal que nadie se vea imposibilitado por ese motivo de cursar tales estudios;
d) Garantizar el normal desenvolvimiento de sus unidades asistenciales, asegurándoles el manejo descentralizado de los fondos que ellas generen, con acuerdo a las normas que dicten sus Consejos Superiores y a la legislación vigente;
e) Constituir personas jurídicas de derecho público o privado, o participar en ellas, no requiriéndose adoptar una forma jurídica diferente para acceder a los beneficios de la ley 23.877;
f) Aplicar el régimen general de contrataciones, de responsabilidad patrimonial y de gestión de bienes reales, con las excepciones que establezca la reglamentación.
El rector y los miembros del Consejo Superior de las instituciones universitarias nacionales serán responsables de su administración según su participación, debiendo responder en los términos y con los alcances previstos en los artículos 130 y 131 de la ley 24.156. En ningún caso el Estado nacional responderá por las obligaciones asumidas por las instituciones universitarias que importen un perjuicio para el Tesoro nacional.
QUE SE PUEDE HACER?
Antes que nada hay que decir que es una pregunta complicada y muy abarcativa, por lo que no habrá una respuesta única o completa. Las posibilidades van desde lo mas básico y conceptual hasta lo mas complejo, práctico, y de hechos visibles.
Quizás podríamos empezar por una etapa de conocimiento y de acceso a la información necesaria para saber de que estamos hablando (básicamente conocimiento sobre la ley en cuestión), pasando también por debates y reuniones constructivas en búsqueda de una mayor inmersión en el tema con el fin de ser competentes en esta búsqueda (hallar una ley que legisle de la mejor manera para conseguir la mejor educación superior). En el plano de estos debates o reuniones, se podrían llegar a dar las circunstancias necesarias o adecuadas quizás, para conformar o plantear la creación de algún tipo de agrupación -quizás una buena posibilidad sería un colectivo cultural o alguna agrupación independiente -, sin dejar de lado que en algún momento se pueda confluir o llegar a una puesta en común de pautas y objetivos con alguna organización de práctica político-partidaria. Cabe aclarar que no se deben confundir nunca los “objetivos” o “metas”, ni tampoco se debe caer en aquella parte de la política que nos hace ver tantas veces con mala cara, la participación política desde un partido.
En definitiva cualquier tipo de planteo o análisis sobre la ley y las problemáticas universitarias ya supone intrínsecamente una posibilidad, y una mejor coyuntura para comenzar a participar y formar parte de el mejor sistema educativo universitario posible. De la misma manera y siendo algo insistente, pueden surgir miles de maneras de hacer las cosas, pero lo más importante es saber que se pretende y analizar la mejor manera posible quizás dentro de un marco asambleísta, o lo más democráticamente posible. En fin, hay que hacer algo.
EL PROYECTO DEL “FPV” (Ver: Colectivo “Desde el Pie”)
“Algunos” aspectos de la actual Ley se cambian en el nuevo proyecto: los que requería el cambio para adecuarse a las nuevas políticas económicas, y los que fueron fruto de la lucha dada por estudiantes y trabajadores en todo el país.
Entre aquellos tópicos siempre peleados podemos hablar de:
Garantía en la gratuidad de la educación (de grado, ojo!). Acá siempre volvemos a la misma cuestión respecto a los posgrados (ambigüedades que dan por entendida la calidad de pagos, como generalmente podemos observar) y conjuntamente de las posibles reducciones de materias en el ciclo de grado.
Reivindicaciones de sectores docentes: El 85% móvil, y la estabilidad laboral básicamente.
Autonomía: Podemos hablar de las mismas estructuras que van en contra de la Autonomía; y para esto se debe discutir en gran medida, por ejemplo, acerca de la intervención de la CONEAU en el sistema educativo universitario, la cual notoriamente más allá de modificaciones mas bien semánticas (en el nuevo proyecto de LES) sigue teniendo un rol claramente limitante y contrario a la estirpe autonómica que se busca.
Financiamiento: Se mantiene el mismo ahogo presupuestario que plantea la vieja (actual) LES (atando el presupuesto al PBI) y deja la puerta abierta a los recursos propios. Es decir, los recursos que provienen de la producción científico-tecnológica de la Universidad, que todos pagamos con nuestros impuestos, son vendidos como mercancía para generar "recursos propios" de las Universidades. Es interesante pensar en los efectos devastadores de tal política aún cuando se asegurase un financiamiento público básico desde el Estado. Las Universidades ubicadas en regiones de mayor desarrollo económico lograrán vender mejor sus servicios y en cada Universidad sólo algunas Facultades (las que mejor se adecuen al modelo productivo) serán las que verán crecer sus recursos. En consiguiente, cumplirán con más facilidad el objetivo de que todas las Facultades y Universidades pacten con la CONEAU frente al ahogo presupuestario, y diferenciándose entre Universidades pobres y ricas. Los mecanismos usuales de competencia determinarían qué sectores de la población accederán a unas y otras. Así, la equidad de la que nos hablan, como igualdad teórica pero no práctica de oportunidades, queda sellada a fuego.
viernes, 13 de junio de 2008
Sin tranquilidad los pensamientos sucumben
El miedo a no ser nada ni nadie,
tan solo una pieza prescindible en el juego,
en nuestro propio juego
El temor de un futuro, bañado en mediocridad
sin siquiera un burdo adulador,
sin mas derrotas por las cuales llorar
Solo esta idea misma atravezando el pensamiento
es peor que quien ha fracasado en la vida
Pero es más facil caer rápido,
pues cuesta dar pelea
viendonos fracasar más adelante
Y Que genial es la fuerza de quienes no se rinden,
junto a la gran confusion entre derrota y reflexión
No se debe caer en simplismos ni idolatrías
pues cada uno lucha contra tormentas distintas
Quien deja lo que ama puede ser idiota,
pero mas es su valentía o decisión
ya que algunos caen sin saber que amar...
Cada día brotan petalos de un dichoso porvenir
como así tambien llueve sobre los frágiles cimientos
de aquello que pudo haber sido
Pero vivir es la prioridad, y parte de ello es darse cuenta
vivir no es dinero ni poder
Vivir es eso dificl de decir con palabras,
aquél sentimiento que nos permite 'ser'
Que gran coctel de incertidumbre
preparamos sobre nuestra propia cabeza
Que enfermizo es el tiempo,
aquél inevitablemente destructivo,
Aquél que mezclamos con nuestros planes
sin estar dispuestos a pagar lo que cuesta
"Por momentos ponemos todo en una decisión
pero olvidamos si la podemos tomar
Por momentos deberíamos andar tranquilos
para nuestros pensamientos poder escuchar"
En la Rivera
En la rivera de mis días,
allí donde veo embarcarse
por ultima vez en estos ojos
a la mirada mas perdida,
la más narcotizada
Como alguna vez,
cuando el amor se hecho a dormir
en mi soledad cansada
En la rivera de mis días
coloque mis versos y besos
en una botella y partí...
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merci beaucoup á la mystique de la musique
merci